Extraído de nuestro
Estatuto Social:
El artículo 2° inc. m) de nuestro estatuto dice: "Propende y contribuir (en la medida de nuestras posibilidades) con Organismos Nacionales e Internacionales a la Búsqueda y Restitución Internacional de Menores, extraídos ilícitamente del país, con la publicación de fotos y demás datos que emanen de orden judicial firme.-"