por José
Manuel Aguilar Cuenca
La Revista Lex Nova no 29, Oct-Dic 2005
EL USO DE LOS HIJOS EN LOS PROCESOS DE SEPARACIÓN:
EL SÍNDROME DE ALINEACIÓN PARENTAL.
ARTICULO PARA LA REVISTA LEX NOVA N° 29, OCT-DIC 2005.
José Manuel Aguilar Cuenca. Psicólogo.
A principios de los años ochenta comenzaron a ocurrir un conjunto de muertes
inexplicables que estaban llamadas a cambiar historia reciente de nuestro
planeta. Nadie conocía los motivos de aquellas muertes, por lo que empezaron
a elaborarse distintas hipótesis. De ese modo, para explicar lo que estaba
pasando, se comenzó a hablar de maldiciones, nuevas drogas letales,
conspiraciones de grupos paramilitares o del propio gobierno, incluso de
castigo divino.
A principios de los años ochenta el SIDA no existía. No estaba en ningún
manual medico, los foros internacionales no lo incluían en sus temas de
debate, no había especialistas que escribieran libros sobre ello y ningún
gobierno del mundo consideraba que debía destinar fondos para actuar sobre
sus victimas. Hoy en día, como hace viento años el SIDA, el Síndrome de
Alienación Parental (SAP) es un mal desconocido para la mayoría de aquellos
que trabajan en el entorno de la Ley y la Justicia de nuestro país, y del
que apenas se tiene información entre aquellos profesionales llamados a
realizar su trabajo en el mismo lugar, como técnicos de apoyo
imprescindibles para aplicar los principios que la norma recoge-psicólogos,
médicos y trabajadores sociales. Y, sin embargo, en nuestro entorno es
padecido por miles de niños cada año, siendo el responsable de un número
desconocido de patologías entre ellos.
PORQUÉ Mi HIJO NO QUIERE VERME?
La Real Academia Española de la Lengua define la mentira como expresión o
manifestación contraria a lo que sabe, se cree o se piensa, mientras que
mentir es decir o manifestar lo contrario de lo que se sabe, cree o piensa.
El psicólogo Paul Ekman (1985) considera que "existen dos formas
fundamentales de mentir: ocultar y falsear. El mentiroso que oculta, retiene
cierta información sin decir en realidad nada que falte a la verdad. El que
falsea da un paso adicional: no solo retiene información verdadera, sino que
presenta información falsa como si fuera cierta. La preocupación por
discriminar que es real, verosímil y, por tanto, creíble, de aquello que es
ocultado, y en ocasiones además falseado, es una tarea diaria que en el
ámbito de la Psicología que lleva a cabo su trabajo ante los juzgados y
tribunales se esta convirtiendo en un tema cada vez mas controvertido.
Junto a lo anterior hace algunas décadas surgieron otros conceptos que,
desde fuera del ámbito de la Justicia, han venido a ocupar espacio en el
quehacer de los profesionales que en ella trabajan. Este es el caso de
términos como programación, lavado de cerebro y alienación. A los conceptos
mentira o verdad se sumaron entonces los de realidad y creencia de realidad,
haciendo el trabajo de la pericial psicológica más complejo, pero mucho mas
ajustado a lo que ocurría en las disputas en el ámbito de familia.
El Síndrome de Alineación Parental es un trastorno caracterizado por el
conjunto de síntomas que resultan del proceso por el cual un progenitor
transforma la conciencia de sus hijos, mediante distintas estrategias, con
objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro
progenitor, hasta hacerla contradictoria con lo que debería esperarse de su
condiciona. Esta situación esta directamente relacionada con los procesos de
separación contenciosa o aquellos que, iniciándose de mutuo acuerdo, han
derivado en una situación conflictiva.
El primer autor que definió el SAP fue Richard Gardner (1985), Profesor de
Psiquiatría Clínica del Departamento de Psiquiatría Infantil de la
Universidad de Columbia, en un articulo titulado "Tendencias recientes en el
divorcio y la litigación por la custodia"3. En una revisan histórica de este
síndrome podemos descubrir que esta problemática ha sido descrita por
distintas vías, de modo incluso paralelo y sin contacto, por diversos
autores que, partiendo cada uno de su experiencia profesional, en mi opinión
han dado distintos nombres al mismo fenómeno. Por un lado Wallersteiniv
(1980) en California y Jacobsv (1988) en Nueva York, publicaron informes
sobre casos de lo que llamaron el Síndrome de Medea-el Síndrome de Medea se
inicia con el matrimonio en crisis y la separación subsiguiente, y describe
como los padres adoptan la imagen de su hijo como una extensión de su yo,
perdiendo de vista el hecho de que son sujetos distintos de ellos
mismos-mientras que en Michigan Bush y Rossvi (1986) publicaron un trabajo
en el que definían tipologías de progenitores que llevaban a cabo
acusaciones falsas de delitos sexuales, definiendo el Síndrome SAID (Sexual
Allegations In Divorce). Finalmente, en el mismo año, Turkatvii describió el
Síndrome de la Madre Maliciosa Asociado al Divorcio-las madres maliciosas
son aquellas que utilizan con éxito la ley para castigar y acosar al
ex-cónyuge, usando todo tipo de medios legales e ilegales, con objeto de
interferir el régimen de visitas del padre objeto.
Todos los trabajos anteriores vinieron a reflejar unos hechos que, en el
transcurso de la investigación, han abierto un camino a la comprensión de
distintas situaciones-en el seno de los procesos de separación y divorcio-,
que es necesario que los profesionales y padres implicados debamos conocer.
La asunción por parte de los hijos de los presupuestos, ideas y actitudes
injuriosas del progenitor alienador, logra la elaboración de una conciencia
en aquellos surgida de procesos de manipulación, hasta el punto que los
menores sienten esa emoción negativa, de rechazo a su madre o a su padre,
como elaborada por si mismo, lo que Gardner definió como "el pensador
independiente". En este momento el hijo se reviste de una personalidad que
cree auto -elaborada, de tal suerte que resulta impermeable a las
influencias de los demás, dotándose de todo aquel recurso necesario para
mantener su sistema de valores y creencias con objeto de aislar las posibles
influencias.
CÓMO SE MANIPULA A UN HIJO?
Para lograr la manipulación, la educación en el odio de un hijo, con objeto
de que rechace tener contacto con su otro progenitor, hacen falta lo que he
venido a dividir entre condiciones necesarias-que el progenitor alienador
busca para lograr los objetivos de destrucción del vinculo afectivo del hijo
con el otro progenitor-y conductas expresas-que el alienador utiliza para
ejecutar su plan.
Si buscamos que un sujeto elabore una imagen o afecto sobre determinado
objeto requeriremos un trabajo sistemático, continuo y prolongado, en los
que el aislamiento, el miedo, la purga emocional de todo afecto positivo
hacia el y el distanciamiento físico permitan el aprendizaje del modelo
único que deseamos inculcar. Las conductas expresas para lograr esto suelen
iniciarse con las interferencias de la comunicación entre hijo y
progenitor-no pasar las llamadas telefónicas a los hijos-así como los
contactos físicos-llegar tarde a las visitas, inventarse enfermedades,
citas, olvidos, etc…
Estas interferencias van extendiéndose a diversas áreas-no informar al otro
progenitor de actividades relevantes en el desarrollo evolutivo de los
hijos, como pueden ser actividades escolares, actos culturales, encuentros
deportivos en los que participen-así como en mayor profundidad y relevancia
emocional-interceptan el correo y los envíos del progenitor y la familia
extensa en ocasión de cumpleaños, comuniones, etc.. Con posterioridad o
paralelamente inicia la campana de desvalorización, injuries y ataques a
este delante de los hijos. Dentro de esta se prosigue, aumentando en
intensidad y extendiendo los objetivos de sus ataques-desvalorizando e
insultando a la nueva pareja del otro progenitor-,mientras sigue con el
aislamiento del menor mediante el entorpecimiento de los
contactos-impidiendo que el otro progenitor ejerza su derecho de visita-,
así como evitando que intervenga en su vida-“olvida” informarle de citas
importantes de los hijos con el dentista, el medico, psicólogo, etc…
Poco a poco extiende a su entorno próximo propio su influencia-implicando a
su familia extensa en sus acciones de programación-y comienza a tomar
decisiones relevantes en la vida de sus hijos sin consultar al otro
miembro-cambio de colegio, visita a especialistas sanitarios, intervenciones
quirúrgicas, etc…En su deseo de expulsión del progenitor alienado de la vida
del hijo, el alienador alcanza áreas como la académica-impidiendo que acceda
a sus expedientas y al conocimiento de su marcha escolar-o las propias
acciones llevadas a cabo en el hogar del progenitor alienado-cuenta a sus
hijos que las ropas que el otro progenitor les ha comprado son feas y les
prohíbe ponérselas.
Cuando el proceso de alineación permite provocar la autonomía de pensamiento
en los menores-es decir, el momento en el que los menores toman la
iniciativa de odiar al otro padre sin necesidad de un adulto supervisor-,
los progenitores alienadores niegan que ellos puedan hacer nada para cambiar
las decisiones de sus hijos, saliendo dar una imagen de impotencia ante el
observador. Pero de modo sutil los siguen apoyando en el rechazo del otro
progenitor, permitiendo que elijan si ir o no a sus visitas, otorgándoles
unos derechos y responsabilidades que no les son propias por su edad.
Esto es muy importante a la hora de entender la actitud presuntamente
colaboradora e impotente del progenitor alienador. Llegados a este momento
es habitual que los juzgados decidan utilizar mediación familiar, los puntos
de encuentro familiar o la terapia psicológica clásica para atajar estos
problemas. Debido al cambio ocurrido en el hijo, el alienador puede
permitirse cambiar radicalmente su talante y comportamiento externo, de modo
que tendera a mostrarse en una actitud de impotencia y conciliación.
Impotencia ante su presunta incapacidad para hacer nada ante la iniciativa
del menor que no desea ver al otro progenitor, surgida de modo justificado
en el debido a las “relevantes rezones” que esgrime para no ver a su padre o
madre odiado. Conciliador en tanto se muestra al observador externo sin
necesidad de argumentos agrios u ofensivos, de rezones sin peso o argumentos
tendenciosos, ya que ahora es el hijo el que los esgrime permitiendo que el
se libere de esa necesidad, lo que confunde a los profesionales psicólogos y
trabajadores sociales, que terminan elaborando informes equivocados al no
hallar la fuente de la actitud de los menores. Deseosos de dar respuesta a
las expresiones y deseos de los hijos hacia el progenitor rechazado los
profesionales dan argumentos basados en la mayor vinculación elaborada con
el progenitor alienador, la incapacidad del progenitor rechazado para dar
respuesta a las demandas de sus hijos o, y tal vez sea lo peor, justifican
su comportamiento por los supuestos acontecimientos negativos vividos con el
progenitor al que rechazan, dándole carta de realidad a lo que muchas
ocasiones no son mas que justificaciones sin base real.
EL LENGUAJE DE LOS MENORES.
Cuando el SAP se encuentra presente podemos encontrar distintas expresiones
en los menores que no son sino el reflejo de los criterios de identificación
que se han venido acordando para diagnosticar la presencia de esta
patología. Con intención de facilitar al lector la identificación de este
síndrome, recogeré aquí algunas de las que he podido recopilar en mi
práctica profesional.
Expresiones de temor y miedo: “Quiero irme con mi padre, tengo miedo, tengo
miedo a no volver a verlo”. “No quiero subir a tu coche porque seguro que
nos queres matar”. No quiero comer tu comida, nos quieres envenenar”.
Expresiones que reflejan el proceso de cosificación del progenitor alienado
y el distanciamiento emocional: “Yo no quiero saber nada de ese”
(refiriéndose a su padre). “Si no me das lo que quiero voy a menores y te
denuncio por maltrato”. “Tu no eres mi madre, para lo única que quiero saber
de ti es para recuperar mi bicicleta que se quedo en tu casa”.
Expresiones de exaltación del amor hacia el alienador” “Quien no me respete,
papa puede enfrentarse a el y puede hacer lo que sea; porque mi padre es mi
padre y yo tengo derecho a hacer lo que quiera”. “Papa te perdona y deja que
vengas a comer a casa con nosotros; el si es bueno”. “Qué pena! Si no nos
hubieras abandonado”.
Expresiones dicotómicas: “Contigo estoy mal y con papa no”. “La abuela es
mala porque lo dice mamá; mamá siempre dice la verdad”. Mi mamá es mala; lo
dice mi papá, papá nunca me miente”.
Expresiones que denotan la inmersión en el proceso judicial y la información
inapropiada de la que disponen: El 30 de noviembre vamos a ver al juez y el
juez tiene la opinión mía en cuenta”. “Seremos amigos, pero no vuelvas a
decir a la policía que tengo que estar a 300 metros de papá, vale?”. El
miércoles que viene me pregunta un juez tu qué quieres, como lo ves, con
quién quieres vivir?” (Día del juicio, a primera hora de la mañana, mensaje
en el contestador del hijo a la madre) “Eh…, hola mama, esto que…, no hables
cosas malas de papá en el juicio, que dejes de contárselo a otras personas y
ya esta. Vale? Por favor”.
Expresiones contradictorias: “Mamá dice que eres malo, pero tú eres bueno;
tengo que esconderme debajo de la mesa porque mamá dice que no puedo salir
contigo a la calle”. Mamá eres una hija de puta, hija de puta. Perdón,
perdón…”
Expresiones que muestran una identificación con los deseos y emociones del
progenitor alienador: Papá lo esta pasando mal, no tiene dinero por tu
culpa”. “He leído una noticia en el Diario Médico que dice que los niños
pueden tomar huevos Kinder ni helados porque producen colesterol”. “No
tendrías que haberme metido en unos juzgados y que si te portas bien a lo
mejor en el futuro te perdona. Me dijo papá, dile esto a mamá”.
Expresiones inadecuadas para su edad: “No quiero ver a mi padre porque me
maltrata psicológicamente de modo sistemático” ”Qué? Vienes de ver a esa
puta?”. “No se te olvide ingresar la pensión alimenticia en banco de mamá”.
Ataques indirectos: “Papá me iba a llevar la semana que viene a Disney
World, pero claro! Como te empeñas en que tocaba estar conmigo…Eres una
egoísta, tiene razón mi padre”. “Yo perdono a mi padre porque se que en el
fondo no puede evitar ser un irresponsable”. “Me madre dice que jamás me va
a hablar mal de mi padre aunque tenga motivos para hacerlo”.
Purga emocional: “Los juguetes que me compra mamá los dejo en su casa porque
si no mi papá me los tira a la basura”. “Antes íbamos mucho a patinar a ese
sitio que le gustaba a mi madre, pero mi padre no quiere que vayamos dice
que allí es donde van los amigos de mamá”.
CONSECUENCIAS DEL SAP EN LOS MENORES.
Los estudios llevados a cabo en las últimas décadas, acerca de las
consecuencias que el divorcio tiene sobre los hijos, demostraron que éstos
no presentaban necesariamente más problemas que los de parejas unidas. La
angustia y ansiedad que los menores sufren en todos los procesos de
separación y divorcio tiende a desaparecer conforme vuelven a la rutina de
sus vidas. Es el grado de conflicto, y la implicación de los menores en el,
lo que determina el tipo y grado de consecuencias de la ruptura de la pareja
en los hijos (Aguilarviii, 2005). Existen muy pocos datos acerca de los
efectos a medio y largo plazo de las victimas del SAP (Cartwrightix, 1993).
En los casos de familias que sufren SAP, la vuelta a la normalidad antes
descrita puede tardar años, o no llegar jamás. Durante ese tiempo se inicia
un continuo desgaste emocional forzado por los ataques del progenitor
alienador y las acciones defensivas del progenitor alienado, al que se suman
los procesos judiciales iniciados y los propios problemas-p. ej. la
adolescencia-surgidos en su desarrollo. Las sucesivas evaluaciones a maños
de diversos profesionales, las repetidas implicaciones en episodios dentro
de la campana de denigración, y los continuos mensajes de odio hacia el otro
padre, llenan el tiempo y los afectos de los niños.
Una variable que va a determinar las consecuencias futuras en los menores es
el conjunto de estrategias que el alienador use con ellos en el proceso de
adoctrinamiento. Una estrategia frecuente es el uso de falsas denuncias y
querellas de abusos sexuales. Este problema ya se valoró a mediados de los
años ochenta en EE.UU.. Un estudio de Research Unit of the Association of
Family and Conciliation Courts de aquella época se sugirió que las
acusaciones de abusos sexuales en los procesos de divorcio podían ser
válidas sólo en un 50% de las ocasiones. El problema siguió agravándose,
hasta que en 1996 el Congreso de aquel país estableció una enmienda para
eliminar la impunidad que gozaban aquellos que llevaban a cabo falsas
alegaciones de abusos sexuales, lo que permitió que los estados
establecieran iniciativas legales para actuar ante ésta situación. En
nuestro país son varias las voces que desde la judicatura se han levantado
denunciando esta realidad, sin que hasta el momento se haya hecho nada para
atajarlo. El uso o no de esta estrategia puede ser demoledora para el menor,
y marcara una diferencia en las secuelas que podrá presentar en el futuro.
Tal vez el problema más relevante que nos encontramos con estos niños es que
su relación con uno de sus progenitores esta rota. La pérdida de una de
estas figuras se debe cuantificar en términos de pérdida de las
interacciones del día a día, de aprendizajes, del apoyo y el afecto que
emana normalmente de los padres y abuelos. Mientras que en el caso de una
muerte la perdida es inevitable, en el caso del SAP es tanto evitable como
inexcusable (Cartwright, 1993).
En el área psicológica se ven afectados el desarrollo del autoconcepto y la
autoestima, carencias que favorecen muchos otros problemas dentro de este
plaño. El hijo aprende a manipular y a ser valorado en tanto muestra
adhesión a los preceptos marcados por el progenitor alienador. Los efectos
del SAP en los menores pueden llegar a ser irreparables. La infidelidad
emocional del hijo al progenitor alienador puede derivar en castigos, cuya
intensidad cubre todo el espectro. Las expresiones de chantaje, retirada del
afecto o un castigo corporal suelen ser habituales. Si nos imaginamos un
progenitor alienador en el que los delirios paranoicos se expresen en toda
su extensión, habría que aceptar la posibilidad de un grave riesgo para la
integridad física del hijo. En mi experiencia profesional he recogido un
caso de suicidio relacionado con SAP.
En resumen, debemos considerar que estamos hablando de un tipo de abuso
emocional con amplias y profundas consecuencias para los menores y su
entorno. Mas allá de las diferencias surgidas entre dos adultos, las
conductas que hemos recogido son las responsables de la ruptura de los lazos
afectivos de los menores con parte de su familia, lo que provoca un
empobrecimiento innecesario, así como su exposición a escenarios en los que
la probabilidad de desarrollar diversos problemas esta aumentada. Por ultimo
debemos recodar que estamos hablando de la introducción en el sujeto de
ideas, creencias y valores altamente perniciosos para su desarrollo personal
y visión del mundo, ideas que organizaran su conducta futura y el modo en
que afronte su vida.
ABORDAJE LEGAL DEL SAP
La dinámica habitual en los juzgados y tribunales a la hora de dictar
resoluciones y acordar medidas es el mantenimiento del estado de las cosas,
siendo muy reacios a la hora de tomar decisiones que impliquen cambios
significativos en la situación de los menores. Esto supone un extraordinario
error por parte de los Jueces, en tanto es el arma fundamental del
progenitor alienador a la hora de proseguir en su campana de desprestigio,
así como en el hijo, para el mantenimiento de su agresión hacia el
progenitor alienado, una vez ha sido asumido por este la campana de agresión
inicialmente provocada por el progenitor.
Mi recomendación fundamental se encuentra en que, considerando la
clasificación (leve, moderado y severo) en la que se diagnostique el SAP, se
deben tomar inevitablemente determinadas decisiones que implican de modo
necesario un cambio sustancial en la realidad contemplada hasta ese momento.
Las experiencias observadas hasta el momento parecen ir en esta dirección.
Clawar y Rivlin, responsables del mayor estudio llevado a cabo observados en
su investigación en donde los tribunales acordaron incrementar el contacto
con el progenitor alienado, se produjo un cambio positivo en el 90% de las
relaciones entre los hijos y aquellos. Este cambio incluía la eliminación o
reducción de problemas psicológicos, físicos y educativos presentes antes de
la medida. Es realmente significativo que la mitad de estas decisiones
fueron tomadas aun en contra del deseo de los menores (Clawar & Rivlin,
1991)xi.
Otro estudio incluye 16 casos de SAP, diagnosticados de moderado o severo.
En tres de estos casos el tribunal decidió el cambio de custodia y/o la
limitación del contacto con el progenitor alienador. En estos 3 casos el SAP
fue eliminado. En los otros 13, en los que el tribunal mantuvo el régimen de
custodia y no limito el contacto, se decidió intervención psicológica.
Ninguno de los menores del ultimo grupo mejoro en su alienación (Dunne &
Hedrick, 1994)xii
En mi experiencia profesional, con un grupo de estudio de 50 casos de SAP,
diagnosticados en los tipos moderado y severo, en aquellos fue recomendado
algún tipo de terapia psicológica tradicional por parte del tribunal,
ninguno mejoro en su alienación del progenitor odiado y, de aquellos que
habían sido incluidos en el nivel moderado, una vez transcurrido el tiempo
necesario para llevar a cabo a terapia, todos pasaron al tipo severo.
Se hace necesario recordar aquí una vez mas que son precisas una seria de
condiciones necesaria para la elaboración del SAP. La que tal vez sea mas
relevante es la generación de un distanciamiento temporal y especial del
hijo sobre el progenitor alienado, de modo que resulte imposible contrastar,
y con ello contradecir, el programa de miedo y odio inculcado en el menor
ante la experiencia directa, así como llevar a cabo las conductas expresas
(interferencia en las comunicaciones, no información de los temas
académicos, sanitarios, sociales, etc., relato de hechos o acusaciones
negativas culpabilizadoras, refuerzo implícito del rechazo expresado por el
menor hacia el progenitor alienado, etc.) que permitan la interiorización de
ese sentimiento negativo en el. El mantenimiento de las circunstancias que
posibilitaron la presencia de semejante comportamiento no es sino la
facilitación expresa de su práctica. El SAP es un excelente ejemplo de
desorden en cual los profesionales de la salud mental y la justicia deben
trabajar juntos para ayudar a estos niños. Ninguna disciplina puede ayudar a
estos menores sin la significativa participación de la otra (Gardner, 2001)xiii.
Este es sin duda el mayor escollo que en mi práctica profesional me ha
encontrado en los tribunales. Si un profesional realiza una serie de
recomendaciones y estas no son consideradas es, sencillamente, imposible
tener éxito en el tratamiento de este problema. Recientemente, en sentencia
dictada por la Audiencia Provincial de Segovia, Sección Única, sentencia no
113/2005, viene a apoyar sin ambages la evaluación propuesta por la
psicóloga nombrada en un asunto en el que se esta considerando la presencia
de SAP, “sin que pueden consentirse obstrucciones de cualquier tipo a su
practica, por cualesquiera de las partes interesadas; e igualmente podrá
contar con el auxilio o colaboración de los compañeros que entienda
necesario e incluso expandir la evaluación a los progenitores, tras la
correspondiente notificación y autorización del Juez”, apoyo que,
desafortunadamente, es escaso en la inmensa mayoría de los temas en los que
este problema se ha visto en nuestro país.
Por otro lado, se permite la dilaciones indebidas del procedimiento,
enquistando el conflicto y manteniendo la distancia entre el progenitor y su
hijo, se facilitan los pilares básicos sobre los que construir esta
patología. En nuestro país he recogido procesos en los que los progenitores
han acumulado trescientas cincuenta denuncias, o expedientes en los que han
intervenido veintiún profesionales-psicólogos, psiquiatras-con sus
correspondientes informes periciales, permitiendo la prolongación del
proceso por años y, consecuentemente, la eliminación de facto de uno de los
progenitores de la vida de sus hijos.
He iniciado este artículo con la exposición de un problema que se encuentra
diariamente en los juzgados de nuestro país. Hemos transcurrido por su
definición, la consideración de su envergadura y la expresión que adopta en
el menor. Cierro con las directrices que deben considerarse si se desea
atajar. Hasta la fecha más de una veintena de sentencias de Audiencias
Provinciales hablan de SAP en España. A diferencia de otros países como
EE.UU.-que dispone de artículos legales que consideran este problema-o
México D.F.-que lo incluyo en su ultima reforma del Código Civil en
septiembre de 2.004-Espana comienza a considerar el SAP un problema serio
que empieza a estudiarse, pero el desconocimiento entre los profesionales
puede ser el mayor problema a la hora de enfrentarnos a esta realidad. Una
realidad en la que la inacción, cuando no el asentimiento tácito, hacen que
anualmente dejemos en el camino miles de victimas de este tipo de maltrato,
tan desconocido técnicamente como cotidiano para los profesionales de la
Justicia.
José Manuel Aguilar Cuenca. Psicólogo.
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